ACUERDO No. 002 Procedimiento para la Inscripción y Elección de los Delegados 2020-2021

10 Ene, 2020

ACUERDO No. 002 Procedimiento para la Inscripción y Elección de los Delegados 2020-2021

Por el cual se establece el procedimiento para la elección de los delegados a participar en la XLVII Asamblea General Ordinaria de Asociados y XXXIII por delegados.
 
La Junta Directiva del FONDO DE EMPLEADOS- DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA-GOBERNACIÓN «FONDESARROLLO», en uso de sus facultades legales y estatutarias,
 
CONSIDERANDO:
 
Que le corresponde a la Junta Directiva de FONDESARROLLO establecer el procedimiento para la elección de los delegados a la XLVII Asamblea General Ordinaria de Asociados y XXXIII por delegados, de conformidad con las normas legales y estatutarias.
 
ACUERDA:
 
Establecer las siguientes disposiciones relacionadas con la elección de delegados.
 
ARTICULO 1.- Definición de asociados hábiles: Con base en el Articulo 47 parágrafo 1 y 2 del estatuto vigente PARÁGRAFO 1.- Son Asociados hábiles para efectos del presente, los inscritos en el registro social que, en la fecha de la convocatoria, no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Fondo de Empleados.
 
ARTÍCULO 2.– Para estar al corriente con sus compromisos y poder participar en el proceso de elección de delegados según el artículo 47 de los estatutos, todos los asociados deberán encontrarse al día en sus obligaciones al 31 de diciembre de 2019, para lo cual tendrán plazo hasta el 31 de enero de 2020.
 
ARTICULO 3. El Comité de Control Social será quien verifique y avale la publicación del listado de los asociados hábiles.
 
El día 07 de febrero de 2020 se fijará la lista de los asociados hábiles en la cartelera de la Gobernación del Valle, en las oficinas de FONDESARROLLO y en la página WEB.
 
PAra consultar el acuerdo completo por favor dé  Clic aquí para descargar Acuerdo No. 002.
 
 
TENER EN CUENTA:
 
Articulo 1 del Acuerdo No. 001: Las inscripciones de Asociados para ser elegidos como Delegados iniciarán el día tres (03) de febrero de 2020 y se cerrarán el día veintiuno (21) del mes de febrero de 2020.
 
– Articulo 6 del Acuerdo No. 002 Los Requisitos para ser elegido Delegado principal y suplente:
 
  1. Tener una antigüedad en forma continua o discontinua no inferior a un (1) año.
  2. Haber recibido formación en economía solidaria y sobre todo en Fondo de Empleados por lo menos de 20 horas.
  3. No haber sido sancionado por FONDESARROLLO, ni autoridad competente durante los dos (2) últimos años anteriores a la elección.
  4. Ser asociado hábil.
 
Articulo 9 del Acuerdo No. 002 Procedimiento de Inscripción: Para la inscripción de los asociados hábiles aspirantes a delegados principales y suplentes se aplicará el siguiente proceso:
 
  1. Los asociados aspirantes a delegados principales y suplentes, se inscribirán personalmente en la sede de FONDESARROLLO o a través del correo electrónico: secretariageneral@fondesarrollo.com. Para tal fin FONDESARROLLO ha diseñado un formato especial de inscripción el cual estará publicado en la página web: www.fondesarrollo.com.
  2. En el formato de inscripción el aspirante y su respectivo suplente registraran sus nombres y apellidos completos y su respectivo número de cedula de ciudadanía
  3. Una vez culminado el periodo de inscripción y realizada la verificación de cumplimiento de requisitos por parte del Comité de Control Social, se publicará la lista definitiva de aspirantes a delegados en las carteleras y pagina web. de FONDESARROLLO.
 
– Articulo 10 del Acuerdo No. 002 Las elecciones de delegados se realizarán el día 24 de febrero de 2020 a partir de las 8:30 a.m. hasta las 3:00 p.m. en jornada continua, en las oficinas de FONDESARROLLO, consignando el voto en urna cerrada.
 
Para facilitar las elecciones de delegados se establecerá una sola zona electoral en la Ciudad de Santiago de Cali.
 
– Articulo 11 del Acuerdo No. 002. Los asociados que por razones estrictamente de trabajo o por desplazamiento no puedan asistir al sitio de elecciones, podrán enviar un formato diligenciado donde manifiesten a que asociado autoriza para que, en nombre de Él, ejerza el derecho de sufragar su Voto en sobre cerrado. El formato de autorización podrá ser descargado desde la página WEB: www.fondesarrollo.com.
 
– Articulo 12 del Acuerdo No. 002. Cada Asociado podrá llevar la representación hasta de 8 (ocho) asociados de acuerdo al artículo anterior
 
. Articulo 13 del Acuerdo No. 002. Comisión Central de Escrutinio es el organismo encargado de dirigir las elecciones, velar porque estas se lleven dentro de un marco legal y garantizar que este proceso refleje la voluntad del elector.
 
– Articulo 14 del Acuerdo No. 002. La elección de los delegados se hará por votación Uninominal (voto individual y personal). Cada asociado en su respectivo formato escribirá el nombre del candidato que escoja para delegado con el respectivo suplente.
 
– Articulo 15 del Acuerdo No. 002. Para ser elegido delegado deberá tener como mínimo (10) diez votos.
 
Articulo 1 del Acuerdo No. 002. Se considera voto nulo.
1. Cuando dentro de un formato vaya inscrito dos (2) nombres para principal o para suplente.
2. Cuando aparezcan dos (2) votos en un sobre sellado.
3. Cuando el voto sea ilegible o con enmendaduras.
4. Cuando este escrito a lápiz
5. Cuando no coincida el nombre y apellido del asociado hábil inscrito en el voto.
 

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