ACUERDO 002:
ART脥CULO 6.- Requisitos para ser elegidos delegados principal y suplente art铆culo 49 del Estatuto vigente:
1. Ser asociado h谩bil y tener una antig眉edad como asociado no inferior a un (1)a帽o continuo o discontinuo.
2. No haber sido sancionado por FONDESARROLLO VALLE con la p茅rdida de sus derechos sociales durante el a帽o inmediatamente anterior a la elecci贸n.
3. No estar reportado en listas vinculantes para Colombia de acuerdo con las normas del SARLAFT.
4. No poseer la calidad de directivo en entidades similares a aquellas en que se tiene vinculo de asociaci贸n con FONDESARROLLO VALLE.
5. Haber recibido formaci贸n en econom铆a solidaria y sobre todo en fondo de empleados por lo menos de 20 horas. Conocer el Estatuto de FONDESARROLLO VALLE.
6. No haber sido condenado por sentencia judicial o pena privativa de la libertad excepto por delitos pol铆ticos.
7. Las dem谩s que contemple la convocatoria de elecci贸n de delegados establecido por la Junta Directiva.
ARTICULO 7.- Inhabilidad para ser Delegado: No podr谩 aspirar a Delegado, asociados que sean miembros de Junta Directiva o Comit茅s de Empresas de Econom铆a Solidaria, diferentes a FONDESARROLLO VALLE.
ART脥CULO 8.- Las inscripciones para elecci贸n de delegados iniciaran el d铆a 29 de enero del 2024 a las 08:00 a.m. y se cerraran el d铆a 02 de febrero de 2024 a las 3:00 p.m.聽
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